En su nuevo reglamento de Gestión de Cultura de Mercado, la SBS especificó dos nuevas comisiones que los bancos no podrán cobrar a sus clientes, con las que ya son 21 cobros ilegales que las entidades no te pueden hacer por el servicio financiero que te brindan.
Prohibidas. El anexo 3 de la resolución especifica que los siguientes cargos no podrán ser incorporados a las cláusulas de los contratos de los usuarios.
- Comisión por mantenimiento de cuenta de ahorro o cuenta sin movimientos.
- Envíos de información solicitados por clientes.
- Por emisión y envío de estados de cuenta.
- Envíos de información solicitados por clientes de manera electrónica.
- Por cheques mal girados.
- Desembolso de crédito.
- Disposición de efectivo en tarjetas de crédito.
- Evaluación crediticia.
- Consultas en centrales de riesgo.
- Trámite de reclamos.
- Demora en los pagos de obligaciones.
- Constancia de no adeudo.
- Evaluación y administración de garantías hipotecarias y vehiculares.
- Levantar garantías.
- Remisión al Fondo de Seguro de Depósitos.
- Constancia de situación crediticia.
- Prepago de crédito.
- Cuentas de ahorro que son requisito de un crédito.
- Exceso de línea de crédito.
- Mantenimiento mensual de los créditos.
- Cobro por conteo de monedas o billetes de baja denominación.
¿Qué pasa si te cobran? Al estar prohibidas, si al revisar sus estados de cuenta o vouchers de atención encuentra alguno de estos cobros, puede denunciar estas comisiones pueden ser denunciadas ante el Indecopi o ante la defensoría del cliente financiero.
Según la SBS, las comisiones que cobran los bancos y entidades financieras son evaluadas constantemente, tras lo cual se debe establecer si estos cobros son viables o si pueden ser declarados procesos inherentes a los servicios financieros. Si se prueba lo segundo, se declara comisión prohibida.